[Vídeo] Lo que debes conocer del Registro Obligatorio de la Jornada Laboral
¿Tu empresa está preparada para la cumplir con la nueva normativa?
Desde el 12 de mayo está en vigor la nueva normativa
El estatuto de los trabajadores establece, en su artículo 35.5, que las empresas tienen la obligación de contar con un registro de la jornada laboral diaria de cada trabajador independientemente de si se realizan o no horas extras o si la jornada es a tiempo completo o parcial.
El registro se debe totalizar y entregar una copia del resumen al trabajador o representante sindical en el recibo correspondiente. En este registro quedará, también, acreditada la existencia o no de horas extras.Las empresas deben disponer, además, de un sistema para el control del horario de entrada y salida de los empleados y deben conservarán dichos registros durante 4 años. De no ser así, la Inspección de Trabajo, puede aplicar sanciones que oscilan entre los 600 y los 6.200€.
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VisualTime Live es una solución de registro de presencia modular, ubicua y multidispositivo que te garantizará evitar las sanciones por incumplimiento de esta nueva norma.
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Business Development Manager | PSELLER Microsoft en Ayesa | Miembro Unidad Transición Energética, Climática y Urbana en Tecnalia | Secretaria de la Junta Directiva del Cluster de la Construcción (Build INN)